Informamos a todos los mutualistas sobre la entrada en vigor el próximo 1 de marzo de una novedad normativa. A partir de esa fecha las mutualidades alternativas al Régimen Especial de la Seguridad Social estamos obligadas a informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre los mutualistas adheridos a nuestro Plan Alternativo como trabajadores por cuenta propia o autónomos :

“…deberán poner a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social antes de finalizar el mes natural siguiente a la situación de alta o de baja, de forma telemática, una relación de los profesionales colegiados integrados en las mismas como alternativas al citado régimen especial en la que se indique expresamente la fecha en que quedó incluido cada uno de ellos, cuál es su actividad profesional y, en su caso, la fecha de baja en la mutualidad por cese de actividad.”

Esta nueva obligación de informar sobre las altas y bajas de nuestros mutualistas adscritos al sistema alternativo al RETA son consecuencia de que la Seguridad Social tiene todos los datos de sus afiliados, y con esta medida pretende conocer el resto de afiliados a las mutualidades alternativas.

Se ha introducido en la disposición final trigésima octava de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

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