Los bancos no tendrán que hacer frente a otra devolución masiva de gastos a los hipotecados, porque el principal desembolso en materia de impuestos por constituir una hipoteca, el de Actos Jurídicos Documentados, corresponde al cliente, según ha fallado el Supremo, que ha avanzado su decisión pero no ha publicado todavía su sentencia, por lo que no se pueden conocer los detalles de la argumentación. El Alto Tribunal determina que los bancos solo están obligados a compartir los gastos derivados de los documentos físicos que se firman en el notario, es decir, el timbre del papel oficial, que es un desembolso mínimo en comparación con el resto de cargas a la hora de firmar un crédito.

Fuente: El País

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